Corte Constitucional dice que vacunación contra Virus Papiloma Humano es voluntaria
Ministerio dice que alto tribunal no cuestiona la seguridad de la vacuna.
La Corte Constitucional colombiana estableció que la aplicación de la vacuna contra el Virus de Papiloma Humano (VPH) no puede ser obligatoria, según una sentencia publicada hoy por ese tribunal.
"La vacuna no puede imponerse contra la voluntad de las personas que por disposición legal son destinatarias de la misma. En tal virtud, existe la necesidad de obtener su consentimiento informado, como condición previa para administrar la vacuna, indicándose los efectos adversos en la salud humana", indicó el tribunal en la sentencia.
La decisión del alto tribunal se dio en respuesta a una acción de tutela (recurso de amparo) presentada por una de las madres de las estudiantes afectadas por los efectos secundarios de la vacuna Gardasil en el Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar (norte).
Esta vacuna, elaborada por el laboratorio Marck Sharp & Domh, se suministra a niñas entre 9 y 17 años, con el fin de disminuir la mortalidad y morbilidad causada por el cáncer de cuello uterino.
Los hechos en Bolívar se presentaron luego de las jornadas de vacunación realizadas por la Institución Educativa Celmira Bueno Orejuela, entre agosto de 2012 y abril de 2013, como parte de la Estrategia Nacional en Salud Pública del Ministerio de Salud y Protección Social.
La demandante argumentó que la empresa Servicio Occidental de Salud S.O.S E.P.S. no atendió de manera integral a su hija de 15 años y a las demás personas afectadas por las dosis de Gardasil, agregó la información.
La menor presentó una intoxicación por metales pesados (plomo, aluminio, cadmio, titanio y plata), según un examen de The Great Plains Laboratory Inc. en Lenesa (EE.UU.).
Además, "está diagnosticada por la EPS en cuestión con un cuadro de fibromialgia juvenil, enfermedad que ha venido tratando de manera constante pero no integral, sin obtener resultados satisfactorios en pro de la salud de la menor", indicó el tribunal en la sentencia.
Sobre este caso, la Corte Constitucional ordenó a la institución prestadora del servicio de salud que realice la atención integral a la joven y autorice los tratamientos necesarios.
Asimismo, solicitó al Ministerio de Salud la elaboración de un informe sobre las personas que recibieron las dosis de Gardasil y necesiten atención medica por las afectaciones de la vacuna.
Esto para "establecer un plan de acción que garantice el acceso integral y continuo al sistema de seguridad social en salud de las personas presuntamente afectadas".
"Corte no cuestiona seguridad de la vacuna": MinSalud
El Ministerio de Salud tras conocer la decisión indicó que "La Corte Constitucional en su fallo no cuestiona la seguridad de la vacuna contra VPH".
Así lo dijo Diego García, subdirector de enfermedades transmisibles, en una rueda de prensa, en la que sostuvo, además, que "desde 2012 se garantiza aplicación de vacuna contra el VPH a menores desde 14 años y está no es obligatoria" .
Explicó que "hasta ahora no se ha encontrado asociación entre enfermedades autoinmunes y la vacuna contra el VPH".
Carlos Castro, director médico de la Liga de Lucha contra el Cáncer, sostuvo que "el cáncer de cuello uterino es la causa número uno de mortalidad en mujeres entre los 15 y 45 años".
EFE